El plazo termina el 13 de marzo del presente año.
Tienen preferenciaaquellos a los que se les haya declarado incapacidad permanente para el desempeño de las actividades propias de los trasportistas.
Deben también cumplir unos requisitos:
- tener cumplidos los 58años.
- tener una incapacidad permanente total o absoluta para el desempeño de trasprotista.
- ser titular de una autorización vigente de trasporte público de mercancias o de viajeros con un máximo de tres copias.
- Titular de alguna de las autorizaciones anteriores durante 10 años ininterrumpidos.
- Haber estado dado de alta en Segurida Social como autónomo los 10 últimos años.
Abandonar la actividad en nombre propio.
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