Se rige por el Decreto87/2016 de 28 de Junio (DOE nº 127, de 4 de Junio).
Beneficiarios: profesionales colegiados y empresas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, así como las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas.
Moodalidades:
- Ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales.
- Ayudas por trasformación de contratos de duración determinada en contratos indefinidos.
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