Las actuaciones deberán haberse iniciado y pagado con fecha posterior a la presentación de las solicitudes de subvencion, por lo menos un día.
Las actividades subvencionables:
- Mejoras en la calidad de los Alojamientos Rurales, de los Balnearios, de las Empresas de Actividades Turísticas Alternativas y de Intermediación Turística, de los Alojamientos Hoteleros y Extrahoteleros, de la Restauración.
- Fopmento de las TIC en el Sector Turístico.
|