Las medidas urgentes y extraordinarias en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
- Medidas de gestión económico financiera:
- Medidas excepcionales en la gestión del gasto.
- Medidas excepcionales en relación a los créditos ampliables.
- Medidas excepcionales en la función interventora.
- Medidas de agilización de la gestión administrativa y de los pagos:
- Medidas excepcionales en materia de subvenciones
- Medidas excepcionales en materia de convenios relacionados con la gestión de la emergencia sanitaria por el COVID-19.
- Medidas excepcionales en materia de contratación.
- Medidas en materia de contratos del transporte escolar:
- Medidas excepcionales en materia de contratos para la prestación del servicio del transporte escolar.
- Medidas excepcionales en relación a las viviendas protegidas de promoción pública:
- Medidas excepcionales en relación al pago de la renta de alquiler a los adjudicatarios de viviendas protegidas de promoción pública de la Junta de Extremadura en régimen de arrendamiento o arrendamiento con opción de compra.
El presente decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, el 27 de marzo.
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